Seguros para Transportes

Seguros para transportes aéreos, marítimos o terrestres

Este seguro entra en vigor desde el momento en que los bienes, queden a cargo de los porteadores para su transporte, continua durante el curso normal de su viaje, y termina con la descarga de los mismos en la bodega de su destino. Cubre todos y cada uno de los embarques, que sean propiedad del asegurado, de artículos de cualquier índole, relacionados con el giro de su negocio, desde casi desde cualquier parte del mundo, hasta cualquier parte de la República Mexicana , se puede manejar el esquema de corto plazo, por pronóstico de ventas y a declaración mensual, contra daños tales como: riesgos ordinarios de tránsito marítimo (incendio, rayo, explosión, varadura, encalladura, hundimiento, colisión, pérdida de bulto por entero o parcial, caídos durante las maniobras de carga y descarga, alijo, o transbordo, echazón o barredura, baratería del capitán, la contribución que resulte por avería gruesa o común o por gastos de salvamento que deban pagarse según las disposiciones de la ley de navegación y comercio marítimo, del código de comercio mexicano o conforme a las reglas de York Amberes vigentes o las leyes extranjeras aplicables, riesgos ordinarios de tránsito terrestre o aéreo (incendio, rayo, explosión, así como caída de avión, descarrilamiento de carro de ferrocarril, colisión o volcadura del vehículo de transporte empleado, incluyendo también rotura de puentes, desplome o hundimiento de éstos, varadura, colisión de embarcaciones, mojadura, oxidación, contaminación, manchas, rotura o rajadura, derrames, etc.