RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL
La compañía se obliga a pagar los daños, así como los perjuicios, que el asegurado cause a terceros y por los que éste deba responder, por hechos u omisiones no dolosos y que causen la muerte o el menoscabo de la salud de dichos terceros o el deterioro o la destrucción de bienes propiedad de los mismos.
RESPONSABILIDAD CIVIL INDUSTRIAL
La compañía se obliga a pagar los daños, así como los perjuicios, que el asegurado cause, derivada de las actividades propias del giro o industria a la que pertenezca, a terceros y por los que éste deba responder, por hechos u omisiones no dolosos y que causen la muerte o el menoscabo de la salud de dichos terceros o el deterioro o la destrucción de bienes propiedad de los mismos. También se cubre el daño causado por productos fabricados o trabajos ejecutados.